NOTIVIDA,
Año
III, nº 145, 12 de Junio de 2003
Ciudad
de Buenos Aires
AMPARO CONTRA
LA ANTICONCEPCIÓN
DE EMERGENCIA
El
legislador Ricardo Oscar Busacca, diputado de la legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, acaba de promover una “acción rápida y expedita de amparo contra
el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Buenos Aires para que se le
obligue a desactivar, anular y prohibir para siempre todo programa de
‘anticoncepción de emergencia’, en cualquier institución de salud de
la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sea que dicho programa esté ya
establecido, o por establecerse y funcionar en el
futuro”.
En
la acción se pide que se declare “la inconstitucionalidad de todo programa de
‘anticoncepción de emergencia’ que exista o pudiera existir en el
futuro”.
En
el escrito el diputado Busacca, denuncia la distribución en la vía pública de
folletos “que bajo el título ‘Salud sexual y reproductiva’”, incluyen una
explicación sobre la “anticoncepción de emergencia”. Los folletos han sido
impresos por la
Dirección General de la Mujer, ahora regenteada por la
abortista María Luisa Storani, que fuera Directora Nacional de la Mujer durante el gobierno del
presidente De la
Rúa.
Como
informó el boletín Noticias Globales 540, (30-11-02), el 25 de noviembre pasado,
en coincidencia con la conmemoración del Día Internacional de la No Violencia contra
las Mujeres, la
Dirección General de la Mujer del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanzó
el Programa Integral de Asistencia a Víctimas de Delitos Sexuales, que incluye
el aborto -a través de la llamada anticoncepción de emergencia- como “ayuda” a
las mujeres violadas. Recordemos que la Directora de la Mujer era por entonces María
Elena Barbagelata, actualmente diputada nacional. El programa, que incluye el
reparto masivo de estos elementos abortivos en los hospitales de la ciudad, fue
aprobado e impulsado por el secretario de Salud, Alfredo Stern, uno de los más
activos colaboradores del Jefe de Gobierno Aníbal Ibarra en la imposición de
políticas que atentan contra la vida humana y la familia. El plan no hace
distinción de edad, luego las menores, sin conocimiento ni consentimiento de sus
padres, podrían ser parte de él. (vid. Página 12,
26-22-02).
La
anticoncepción de emergencia es un método abortivo, que consiste en la ingesta
de sobredosis de anticonceptivos de toma diaria, o la toma de las llamadas
“píldoras del día después”, o la inserción del DIU, después de una relación
sexual “no protegida”.
Dice
el escrito presentado por el diputado Busacca: “La situación es sumamente
peligrosa, dado que el hecho de que se sigan popularizando éstos medicamentos
exclusivos para la “anticoncepción de emergencia”, (...) el número de abortos
será enormemente mayor”.
“Nuestro
ordenamiento jurídico -continúa- protege la vida de las personas desde la
concepción en el seno materno, en efecto el Código Civil establece en su
artículo 63 que son personas por nacer las que no habiendo nacido están
concebidas en el seno materno, por lo tanto ellas merecen toda la protección de
la ley, ello significa, que la ley y el Estado están llamados a proteger la vida
de las personas no nacidas”.
“El
método de ‘anticoncepción de emergencia’, -dice Busacca- no sólo es una campaña
que hace el Gobierno de la
Ciudad que pone en peligro la vida de las personas por nacer,
sino que también daña a la familia. Más allá de todas las consideraciones que se
pueden plantear sobre todos los métodos anticonceptivos, existe una realidad
científica que productores y consumidores quieren ignorar: el aborto producido
por la ‘anticoncepción de emergencia’.
En
el escrito se afirma que: “la vida es un derecho personalísimo y fundante,
protegido por nuestro ordenamiento jurídico, específicamente en el artículo 29
de la
Constitución Nacional y el artículo 4º del Pacto de San José de
Costa Rica.
La
Corte Suprema
de Justicia tiene dicho que se trata del primer derecho natural que tienen todas
las personas sin distinción, en efecto en el caso Saguir y Dib falló que la vida
es “el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda
legislación positiva y que resulta admitido y garantizado por la Constitución
Nacional y las Leyes (Fallos 302:1284). Cabría agregar que
también la Corte
Suprema consideró a la anticoncepción de emergencia un método
abortivo (Fallo Portal de Belén).
“El
presente recurso -continúa la denuncia- se interpone con el objeto de evitar que
el Gobierno de la
Ciudad siga promoviendo el método de la “anticoncepción de
emergencia”, no sólo porque agravia nuestro régimen jurídico vigente, sino que
también para intentar otorgar un amparo a todos aquellos pequeños concebidos en
el seno materno. “El fomento que hace el Gobierno de la Ciudad de la anticoncepción de
emergencia repudia al régimen legal vigente y al derecho natural que tiene todo
ser vivo, esto es el derecho a la vida”.
“En
consecuencia, concluye el diputado, interpongo la presente acción de amparo en
función de sentirme agraviado en mis fueros como diputado de la Ciudad en cuanto
que no quiero
formar parte de un Gobierno que resulta ser cómplice de una campaña que hace
apología del delito de aborto”.
Recordamos
que Aníbal Ibarra pretende ser reelecto Jefe de Gobierno de la Ciudad. “Ya está definido
que Kirchner apoyará la reelección del jefe del Gobierno de la Ciudad, Aníbal Ibarra”,
decía La Nación
del 11 de junio de 2003.
Sepa
el pueblo votar. FIN.
RUEDA
DE ENLACE DE ONG’s
FAMILIAS
AUTOCONVOCADAS DE BUENOS AIRES
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NOTIVIDA, Año III, nº 145, 12 de Junio de
2003
Editores:
Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río
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web http://www.notivida.org
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