NOTIVIDA, Año III, nº 145, 12 de Junio de 2003 

Ciudad de Buenos Aires 

AMPARO CONTRA LA ANTICONCEPCIÓN DE EMERGENCIA

El legislador Ricardo Oscar Busacca, diputado de la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acaba de promover una “acción rápida y expedita de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Buenos Aires para que se le obligue a desactivar, anular y prohibir para siempre todo programa de ‘anticoncepción de emergencia’, en cualquier institución de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sea que dicho programa esté ya establecido, o por establecerse y funcionar en el futuro”. 

En la acción se pide que se declare “la inconstitucionalidad de todo programa de ‘anticoncepción de emergencia’ que exista o pudiera existir en el futuro”.

En el escrito el diputado Busacca, denuncia la distribución en la vía pública de folletos “que bajo el título ‘Salud sexual y reproductiva’”, incluyen una explicación sobre la “anticoncepción de emergencia”. Los folletos han sido impresos por la Dirección General de la Mujer, ahora regenteada por la abortista María Luisa Storani, que fuera Directora Nacional de la Mujer durante el gobierno del presidente De la Rúa. 

Como informó el boletín Noticias Globales 540, (30-11-02), el 25 de noviembre pasado, en coincidencia con la conmemoración del Día Internacional de la No Violencia contra las Mujeres, la Dirección General de la Mujer del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanzó el Programa Integral de Asistencia a Víctimas de Delitos Sexuales, que incluye el aborto -a través de la llamada anticoncepción de emergencia- como “ayuda” a las mujeres violadas. Recordemos que la Directora de la Mujer era por entonces María Elena Barbagelata, actualmente diputada nacional. El programa, que incluye el reparto masivo de estos elementos abortivos en los hospitales de la ciudad, fue aprobado e impulsado por el secretario de Salud, Alfredo Stern, uno de los más activos colaboradores del Jefe de Gobierno Aníbal Ibarra en la imposición de políticas que atentan contra la vida humana y la familia. El plan no hace distinción de edad, luego las menores, sin conocimiento ni consentimiento de sus padres, podrían ser parte de él. (vid. Página 12, 26-22-02). 

La anticoncepción de emergencia es un método abortivo, que consiste en la ingesta de sobredosis de anticonceptivos de toma diaria, o la toma de las llamadas “píldoras del día después”, o la inserción del DIU, después de una relación sexual “no protegida”. 

Dice el escrito presentado por el diputado Busacca: “La situación es sumamente peligrosa, dado que el hecho de que se sigan popularizando éstos medicamentos exclusivos para la “anticoncepción de emergencia”, (...) el número de abortos será enormemente mayor”. 

“Nuestro ordenamiento jurídico -continúa- protege la vida de las personas desde la concepción en el seno materno, en efecto el Código Civil establece en su artículo 63 que son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno, por lo tanto ellas merecen toda la protección de la ley, ello significa, que la ley y el Estado están llamados a proteger la vida de las personas no nacidas”.  

“El método de ‘anticoncepción de emergencia’, -dice Busacca- no sólo es una campaña que hace el Gobierno de la Ciudad que pone en peligro la vida de las personas por nacer, sino que también daña a la familia. Más allá de todas las consideraciones que se pueden plantear sobre todos los métodos anticonceptivos, existe una realidad científica que productores y consumidores quieren ignorar: el aborto producido por la ‘anticoncepción de emergencia’.  

En el escrito se afirma que: “la vida es un derecho personalísimo y fundante, protegido por nuestro ordenamiento jurídico, específicamente en el artículo 29 de la Constitución Nacional y el artículo 4º del Pacto de San José de Costa Rica. 

La Corte Suprema de Justicia tiene dicho que se trata del primer derecho natural que tienen todas las personas sin distinción, en efecto en el caso Saguir y Dib falló que la vida es “el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva y que resulta admitido y garantizado por la Constitución Nacional y las Leyes (Fallos 302:1284). Cabría agregar que también la Corte Suprema consideró a la anticoncepción de emergencia un método abortivo (Fallo Portal de Belén). 

“El presente recurso -continúa la denuncia- se interpone con el objeto de evitar que el Gobierno de la Ciudad siga promoviendo el método de la “anticoncepción de emergencia”, no sólo porque agravia nuestro régimen jurídico vigente, sino que también para intentar otorgar un amparo a todos aquellos pequeños concebidos en el seno materno. “El fomento que hace el Gobierno de la Ciudad de la anticoncepción de emergencia repudia al régimen legal vigente y al derecho natural que tiene todo ser vivo, esto es el derecho a la vida”. 

“En consecuencia, concluye el diputado, interpongo la presente acción de amparo en función de sentirme agraviado en mis fueros como diputado de la Ciudad en cuanto que no quiero formar parte de un Gobierno que resulta ser cómplice de una campaña que hace apología del delito de aborto”.  

Recordamos que Aníbal Ibarra pretende ser reelecto Jefe de Gobierno de la Ciudad. “Ya está definido que Kirchner apoyará la reelección del jefe del Gobierno de la Ciudad, Aníbal Ibarra”, decía La Nación del 11 de junio de 2003.  

Sepa el pueblo votar. FIN. 

RUEDA DE ENLACE DE ONG’s

FAMILIAS AUTOCONVOCADAS DE BUENOS AIRES

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NOTIVIDA, Año III, nº 145, 12 de Junio de 2003

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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