NOTIVIDA,
Año IV, nº 211, 22 de marzo de
2004 La Plata,
Argentina MENSAJE PARA EL DÍA DEL NIÑO POR NACER
Nuestro calendario ha multiplicado los
aniversarios, las conmemoraciones y los “días”: oficios, profesiones,
situaciones y estados de vida, realidades espirituales y materiales cuentan con
el suyo, con un día destinado a reconocer y enaltecer su significado y valor. La
celebración de cada uno de ellos queda, por lo general, limitada al gremio,
grupo, sector de la sociedad o ámbito de interés correspondiente.
El 25 de marzo, Día del niño
por nacer, incumbe con propiedad a toda mujer y a todo hombre, porque ha
sido instituido para recordar y afirmar el derecho a la vida de aquellos, los
más pequeños e indefensos, que van siendo plasmados en el seno de sus madres. Se
los suele llamar, por lo tanto, “nascituros” (latinismo que significa “los que
van a nacer”).
Resulta asombroso que en nombre
de otros derechos, de presuntos nuevos derechos, se pretenda desconocer el
derecho fundamental a la vida del niño por nacer. Éste es el primero de los
derechos humanos, cuya negación conlleva la caída de todos los otros.
En la Argentina de hoy se lo
desconoce en nombre de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, uno de
los “nuevos derechos” promovidos por las organizaciones feministas. Se dice, por
ejemplo, que “la mujer tiene la necesidad y el derecho de decidir sobre su
propio cuerpo”, olvidando que el feto o embrión que lleva en su seno no es una
porción de su organismo, sino un nuevo ser humano, con un patrimonio genético
propio que define su identidad personal. En el caso del aborto la mujer no
dispone de su cuerpo, sino que ejerce un dominio arbitrario sobre una vida
ajena.
También se esgrime un supuesto
“derecho a no nacer” como respuesta ante una eventual colisión de valores, entre
la vida del embrión o del feto y la libertad y autodeterminación de la madre.
¿Quién sería el titular de semejante derecho? En una nueva aplicación del
principio eugenésico, se piensa que los padres podrían ejercer ese derecho (¿en
nombre de su hijo?) si, informados por el diagnóstico prenatal, consideran un
daño que el niño nazca en condiciones desfavorables.
El derecho argentino protege la
vida del niño por nacer desde el momento de la concepción; sin embargo, crecen
continuamente las presiones para obtener un cambio en nuestro ordenamiento
jurídico que permita legitimar el aborto, siquiera en algunas circunstancias. Se
afirma, además, que el programa de “salud reproductiva” que se intenta aplicar
contribuye a la defensa de la vida y es el remedio más eficaz contra el aborto.
Lo contrario es la verdad: existe una estrecha conexión entre la mentalidad
abortista y la práctica de la anticoncepción, y es sabido que se distribuyen y
usan anticonceptivos que, en realidad, actúan como abortivos en las primerísimas
fases de desarrollo de la vida del nuevo ser humano (cf. Juan Pablo II,
Encíclica Evangelium vitae, número 13).
La Argentina necesita que nazcan
muchos niños, hijos de esta tierra, y que puedan ser criados y educados
dignamente por sus familias. En esto se juega el futuro de la Nación. + Héctor
Aguer Arzobispo de La
Plata ______________________________________ NOTIVIDA, Año IV, nº 211, 22 de marzo
de 2004 Editores:
P. Juan C. Sanahuja y Mónica del Río Página web
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