NOTIVIDA, Año IV, nº 263, 9 de diciembre de 2004 Provincia de Buenos Aires,
Argentina DECLARACIÓN DE VOLUNTAD VITAL
ANTICIPADA ¿Preparando el camino para la
eutanasia? En declaraciones recientes el Ministro de Salud, Dr. Ginés González
García, manifestó que “la eutanasia será el gran debate de esta década”
( La
cámara de diputados de la provincia de Buenos Aires llevará a cabo mañana una
Jornada
Extraordinaria de Reflexión Interdisciplinaria sobre “Voluntad
vital anticipada” en el
marco del Proyecto de Ley D-1760/04-05 del diputado provincial Luis Bruni (UCR).
El evento, que es de entrada libre, se desarrollará entre las 10 hs. y las 18
hs. y contará, entre otras, con la presencia del Dip. Osvaldo Mercuri,
Presidente de El proyecto La declaración de “Voluntad
vital anticipada” permitirá al declarante ordenarle “al médico o
a la institución sanitaria que intervenga con su cuerpo, en caso de padecer una
enfermedad terminal o encontrarse en estado vegetativo persistente, abstenerse
de someterlo a determinados tipos de tratamientos médicos, que sólo sirvan para
prolongar artificialmente el proceso inminente de su muerte” (art. 3°).
Destaquemos que el médico, al decidir el tratamiento a aplicar al enfermo
terminal, debe guiarse por cuestiones prudenciales y éstas dependen de
circunstancias que no son anticipables. Según el proyecto el paciente podría, en
el mismo acto, expresar su voluntad de donar o no los órganos o materiales
anatómicos de su cuerpo, después de su muerte, para ser implantados en humanos
vivos o con fines de estudio o investigación (art.6°).
El proyecto no permite rechazar los
cuidados paliativos ni los medios “ordinarios” -alimento e hidratación- (art.
12°), lo que constituiría eutanasia; pero en sus fundamentos destaca que “la
iniciativa se fundamenta en el respeto a la autodeterminación y a la integridad
psicofísica de los pacientes” y señala que hay incapacidades graves “que atentan
contra la calidad de la vida”; argumentos que alcanzarían para justificar la
eutanasia. Con mirada inmanentista Bruni habla de
“vidas que ya no tendrán sentido” y del “derecho a dejar de sufrir de las
personas sometidas a enfermedades miserables o a estados inertes de actividad
biológica”. Recordemos finalmente que
el diputado Bruni, autor de la iniciativa es, junto a otros diputados radicales,
autor del proyecto provincial de “Uniones civiles” que garantizaría a las
parejas homosexuales “un tratamiento similar al de los cónyuges, a los efectos
del ejercicio de los derechos, obligaciones y beneficios que establezca la
legislación dictada por la provincia de Buenos Aires” (art. 5°, exp.
D-1.225/04-05); y que a la jornada de mañana ha sido invitada la jueza
Graciela Medina, autora de la ley de “Unión civil” de la ciudad de Buenos
Aires”. FIN ______________________________________ NOTIVIDA, Año IV, nº 263, 9 de
diciembre de 2004 Editores: P.Juan
C. Sanahuja y Mónica del Río Página
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