NOTIVIDA, Año IX, Nº
642, 30 de noviembre de 2009
POR AHORA NO HABRÁ
GAYMONIO
La jueza Marta Gómez Alsina del juzgado nacional en lo Civil
N° 85, hizo lugar a un pedido de nulidad presentado por el abogado Francisco
Roggero y sostuvo que una jueza del fuero Contencioso Administrativo no puede
fallar sobre el Código Civil.
La
magistrada suspendió el gaymonio previsto para mañana y notificó su
decisión al Registro Civil.
Roggero había solicitado
la nulidad del fallo de la jueza Gabriela Seijas que declaró
inconstitucionales dos artículos del Código Civil y ordenó al Registro Civil que
celebre el “matrimonio” de Alejandro Freyre y José María Di Bello y (Vid Notivida nº 635, 636, 637 y 638).
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NOTIVIDA, Año
IX, Nº
642, 30 de noviembre de 2009
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro.
Dr. Juan C. Sanahuja
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