NOTIVIDA, Año X, Nº 704, 8 de junio de
2010 Senado de la
Nación HOMOMONIO EN EL
SENADO: 4º REUNIÓN DE COMISIÓN Por
Mónica del Río Se
realizó esta mañana la cuarta reunión de la Comisión de Legislación General del
Senado que tiene en estudio el Proyecto de ley en revisión que intenta legalizar el
seudo-matrimonio homosexual (Vid Notivida Nº 690, 697 y 698). Los oradores Andrés Gil Domínguez, constitucionalista:
“Desde la Reforma constitucional del 94 el Estado de derecho manda y vincula”.
Ese estado de derecho, añadió, “reasegura el pluralismo” y “una sociedad
pluralista debe respetar los derechos humanos”. “Todos los estados de vida valen
lo mismo” y “no hay derechos que valgan más que otros”. Destacó que “no tiene
que haber paraísos e infiernos” y que “cada uno tiene que poder construir su
propia biografía”. Enfatizó que la Constitución Nacional al referirse al culto
sólo involucra beneficios económicos y agregó “no establece vínculos
morales”. Roberto Gargarella, abogado especialista en
Derechos Humanos:
“La Constitución Nacional es un pacto de igualdad” y “para romperlo hay que
justificarlo con argumentos sólidos”, tras la afirmación arremetió contra los
que expusieron en Diputados. Para Gargarella
“nadie dio definiciones relevantes”. Cualquier argumento basado en las
tradiciones es flojo, recalcó. Aseguró que “el matrimonio es un mero concepto y,
como tal, “debe estar a nuestro servicio y puede ser
modificado”. Laura Clericó, abogada especialista en
Derecho Constitucional:
“El artículo 172 del Código Civil viola el derecho a la igualdad y a la
autonomía”. Sostuvo que “no se puede discriminar por sexo u otra condición
social” y, según su interpretación, dentro de la “condición social” entra la
“orientación sexual”. “Las parejas de distinto sexo pueden optar por casarse o
no”, tras esa afirmación manifestó que los homosexuales, en cambio, tienen que
acudir a la Justicia y de allí concluyó que eso “señala la discriminación”. “La
libertad de casarse es un derecho fundamental y el que no lo reconoce busca que
se violen derechos de terceros”. Intentó rebatir dos de los argumentos de los
que se oponen al proyecto (la falta de fecundidad de las parejas homosexuales y
los riesgos de la adopción) y remató diciendo que la falta de sustento de esas
críticas deja nuevamente al descubierto la
discriminación. José Miguel Onaindia, abogado, especialista
en legislación cultural: describió los tres derechos constitucionales que
reglamenta esta reforma del Código Civil: 1) el derecho a casarse y formar una
familia que, enfatizó, “es para todos”; 2) el derecho a la igualdad, que “impide
la discriminación por orientación sexual” y 3) el derecho a la dignidad. No se
puede discriminar con el nombre de la figura jurídica, dijo, “a veces las
palabras humillan y discriminan más que las acciones”. Marcos Córdoba, abogado: el especialista en
derecho de la UBA aseguró que “en la actualidad se reconocen distintos tipos de
familia” y que “la motivación para formar una familia no es un elemento del
derecho”. Explicó que lo que motiva la tutela es la necesidad de asistencia y
sostuvo que “toda forma de familia merece protección”. Enumeró distintos tipos
de convivencia (dos ancianas, un joven que vive con la familia del hermano,
abuela y nieta, etc.) y concluyó que si sólo tutelamos a las parejas del mismo
sexo el resto, con razón, se va a presentar a la justicia. “Cuando se otorgan
beneficios no son para la satisfacción del ciudadano que los recibe”, añadió,
“sino por que ese ciudadano coopera con el bien de la sociedad”.
Marilina Hotton, abogada y Jefa de asesores de la diputada Cinthya Hotton,
señaló que el proyecto adolece de vicios estructurales y provoca
discriminaciones injustas. Entre ellas citó que: 1) con el proyecto la mujer
desapareció del Código Civil, no dice más madre o esposa, todos pasamos a ser
“asexuados y neutros”, ahora somos “cónyuges o contrayentes”; 2) la mujer
heterosexual no le puede poner su apellido a su hijo cosa que podrá hacer una
lesbiana; 3) cuando un matrimonio se separa el hijo menor de cinco años queda
con la madre mientras que en el caso de la separación de dos gays quedaría con
un hombre; 4) para adoptar hay que demostrar la incapacidad para procrear, en el
caso de los heterosexuales eso lleva mucho tiempo mientras que en las parejas
homosexuales es evidente, lo que les agilizaría la adopción; 5) un bisexual no
tiene derecho a casarse con dos personas. Destacó finalmente el perjuicio que la
ley traería a los niños y a la ciudadanía en general y felicitó a los 109
diputados que votaron en contra. Pilar Zambrano, doctora en derecho por la
Universidad de Navarra, especialista en Filosofía del Derecho de la
Universidad Austral: intentó aportar “criterios de decisión razonables”. Tocó
dos ítems: laicidad y derecho. Con respecto al primero insistió en que “la
Constitución es liberal” y que “la sociedad está anclada en principios
liberales” por lo que –según Zambrano- “no se pueden dar argumentos de fe”. Eso
no significa, añadió, que alguien pueda ser descalificado porque “en privado
profesa una fe”. Con respecto a lo segundo inquirió si todo deseo es un derecho,
señalando que el número de deseos es ilimitado e incompatible con los deseos de
los demás. “Si el derecho es coactivo es justamente porque contradice el deseo”.
Exhortó finalmente a los senadores a indagar cuál es la opción que promueve el
bien de todos. _________________________________________
NOTIVIDA, Año X, Nº 704, 8
de junio de 2010 Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro.
Dr. Juan C. Sanahuja Página web: www.notivida.org Email:
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