Ley
10.058
DECLARACIÓN DE VOLUNTAD ANTICIPADA
MUERTE DIGNA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo
1º.- Objeto. La
presente Ley tiene por objeto establecer, regular y garantizar el derecho que
tiene cualquier persona -con plena capacidad de obrar- a decidir en forma
anticipada su voluntad respecto a la negativa a someterse a medios, tratamientos
o procedimientos médicos de encarnizamiento terapéutico que pretendan prolongar
de manera indigna su vida.
Artículo
2º.- Ámbito
de Aplicación. Esta Ley
es de orden público e interés social y se aplica a todas las personas que, de
manera libre y voluntaria, manifiesten expresamente su intención de ejercer el
derecho objeto del presente texto normativo en todo el ámbito territorial de
Artículo
3º.- Limitaciones.
La
aplicación de las disposiciones establecidas en la presente Ley no permiten ni
facultan, bajo ninguna circunstancia, la realización de conductas que tengan
como consecuencia el acortamiento intencional de la vida, la eutanasia o la
provocación de la muerte por piedad.
Artículo
4º.- Salud.
Cuidados básicos. El
ejercicio de los derechos reconocidos en la presente Ley no afectan en forma
alguna la calidad de los cuidados básicos de la salud, de la higiene, de la
comodidad, de la seguridad y de las medidas mínimas ordinarias que serán
provistas para asegurar el respeto a la dignidad y a la calidad de vida del
enfermo.
Artículo
5º.- Definiciones.
A los
efectos de la presente Ley son de aplicación las siguientes definiciones, sin
perjuicio de otras que puedan establecerse por vía
reglamentaria:
a)
Consentimiento Informado:
conformidad expresa del paciente, manifestada por escrito, previa la obtención
de la información adecuada con tiempo suficiente, claramente comprensible para
él, ante una intervención quirúrgica, un procedimiento diagnóstico o terapéutico
invasivo y, en general, siempre que se lleven a cabo procedimientos que
conlleven riesgos relevantes para la salud;
b)
Cuidados
Paliativos:
cuidados activos y totales de aquellas enfermedades que no responden a
tratamientos curativos e incluyen el control del dolor y otros síntomas, así
como la atención psicológica del paciente;
c)
Declaración de Voluntad Anticipada:
manifestación escrita, datada y fehaciente de una persona capaz que, actuando
libre y voluntariamente, expresa las instrucciones que deben respetarse en la
atención médica y el cuidado de su salud, por medio del cual se garanticen los
derechos reconocidos en la presente Ley;
d)
Diagnóstico de Enfermedad Terminal:
dictamen al que arriba un médico o un equipo sanitario ante una enfermedad
avanzada, progresiva, incurable, irreversible y mortal a corto
plazo;
e)
Estado
Vegetativo Permanente: estado
de vigilia sin conciencia de una persona que le impide cualquier tipo de
expresión de voluntad, que se prolonga por más de tres meses después de una
lesión no traumática y por más de doce meses si la lesión es
traumática;
f)
Medidas
Desproporcionadas o de Encarnizamiento Terapéutico: acciones
que prolongan la agonía de una persona sin posibilidad de recuperación, que
atentan contra la dignidad humana y que no demuestran evidencias médicas de
beneficios para la salud, y
g)
Medidas
Mínimas Ordinarias:
acciones tendientes a suministrar hidratación, higiene, oxigenación, nutrición
y/o curaciones al paciente en etapa terminal.
CAPÍTULO II
Derechos y Obligaciones del
Declarante
Artículo
6º.- Alcances. Toda
persona mayor de edad y en pleno goce de sus facultades mentales tiene el
derecho personalísimo de expresar, mediante una Declaración de Voluntad
Anticipada (DVA), las instrucciones para ser sometido o no a determinados
tratamientos médicos en previsión de la pérdida de la capacidad natural o la
concurrencia de circunstancias clínicas que le impidan consentir o expresar su
voluntad en ese momento.
Artículo
7º.- Contenido. Las
instrucciones deben contener la expresión del declarante según la cual ordena al
médico o institución de servicios de salud que le amparen bajo su cuidado y que
intervengan con su cuerpo mientras el mismo se encuentra sufriendo una condición
de salud terminal o estado vegetativo permanente, a abstenerse de someterlo a
medidas desproporcionadas o de encarnizamiento terapéutico que sólo sirvan para
prolongar artificialmente su agonía.
Artículo
8º.- Prevalencia de voluntad.
Mientras
la persona otorgante conserve su capacidad, su libertad de actuación y la
posibilidad de expresarse, su voluntad prevalece por sobre las instrucciones
contenidas en una Declaración de Voluntad Anticipada (DVA), ante cualquier
intervención médica.
Artículo
9º.- Instrucciones contrapuestas.
Si una
persona ha suscripto una Declaración de Voluntad Anticipada (DVA) y
posteriormente expresa su consentimiento informado que contraría las
instrucciones contenidas en aquella, para la situación presente o el tratamiento
en curso, prevalece lo manifestado mediante este último instrumento.
Artículo
10.- Historia
clínica. Toda
persona que haya suscripto una Declaración de Voluntad Anticipada (DVA) debe
informar al equipo médico acerca de la existencia de la misma para que éste deje
constancia en su historia clínica, debiéndose incorporar en ella una copia de
dicha declaración.
Artículo
11.- Representante.
Toda
persona tiene el derecho a designar un representante debidamente identificado,
constando por escrito su voluntaria y gratuita aceptación como tal, asumiendo
desde ese momento la obligación de verificar ante el médico tratante o equipo de
salud el cumplimiento exacto e inequívoco de las disposiciones establecidas en
Artículo
12.- Extinción de representación.
La
representación se extingue a partir de alguna de las siguientes
situaciones:
a)
Por revocación o sustitución de su
nombramiento;
b)
Por incapacidad del representante declarada en legal
forma;
c)
Por renuncia expresa del representante;
d)
Si el representante es el cónyuge o pareja de hecho de la persona
declarante:
1)
Por interposición de la demanda de nulidad de matrimonio, separación o
divorcio, y
2)
Por cese de la cohabitación en las uniones de
hecho.
CAPÍTULO III
Registro Único
Artículo
13.- Creación. Créase
el Registro Único de Voluntades Anticipadas dependiente del Ministerio de Salud
de
Este
Registro contará con los recursos humanos y materiales necesarios para
garantizar su adecuado funcionamiento y la finalidad para la que ha sido
creado.
Artículo
14.- Funciones. El
Registro Único de Voluntades Anticipadas tiene las siguientes
funciones:
a)
Inscribir y custodiar las Declaraciones de Voluntad Anticipada
(DVA);
b)
Informar y asesorar a los ciudadanos y a los centros y profesionales
sanitarios sobre los efectos y los requisitos de las Declaraciones de Voluntad
Anticipada (DVA);
c)
Posibilitar el acceso y la consulta de las Declaraciones de Voluntad
Anticipada (DVA) inscriptas, de manera ágil y rápida, por parte de los
profesionales sanitarios encargados de la atención al paciente,
y
d)
Notificar fehacientemente al declarante de la recepción de su Declaración
de Voluntad Anticipada (DVA).
Artículo
15.- Custodia de los documentos. EL
Registro Único de Voluntades Anticipadas ha de custodiar los documentos
inscriptos hasta pasados cinco años desde la fecha de defunción de la persona
declarante.
CAPÍTULO IV
Declaración de Voluntad Anticipada
Artículo
16.- Requisitos. El
documento mediante el cual se perfecciona
a)
Ser confeccionado por escrito de manera personal, libre e
inequívoca;
b)
Estar suscripto por el solicitante, de quien deben constar todos sus
datos personales, apellido y nombre, fecha de nacimiento, documento nacional de
identidad, estado civil y domicilio;
c)
Contener la voluntad expresa del declarante respecto a los derechos
reconocidos en la presente Ley;
d)
Especificar apellido y nombre, fecha de nacimiento, documento nacional de
identidad y domicilio del representante del declarante, si correspondiere, con
aceptación expresa de su designación mediante firma hológrafa,
y
e)
Estar certificada ante Juez de Paz, Escribano Público, autoridad policial
o funcionario del Registro que por esta Ley se
crea.
Artículo
17.- Disponibilidad.
El
formulario para la presentación de
Artículo
18.- Entrega.
a)
El declarante o su representante;
b)
Los directores o médicos de los hospitales que conforman la red
hospitalaria pública de
c)
Un Juez de Paz, o
d)
Un Escribano Público.
Artículo
19.- Revocación.
CAPÍTULO V
Autoridad de Aplicación
Artículo
20.- Organismo. El
Ministerio de Salud de
Artículo
21.- Atribuciones.
Artículo
22.- Divulgación.
CAPÍTULO VI
Prohibiciones
Artículo
23.- Mujeres
embarazadas. En el
caso de que la declarante fuese una mujer embarazada y en ese estado padeciera
una situación de enfermedad terminal,
CAPÍTULO VII
Ausencia de DVA o de Consentimiento
Informado
Artículo
24.- Representantes legales.
Cuando
el paciente no hubiere formalizado su Declaración de Voluntad Anticipada (DVA) o
prestado el consentimiento informado y hubiere perdido la capacidad de obrar o
el pleno uso de sus facultades mentales, las personas enumeradas en el artículo
21 de
CAPÍTULO VIII
Disposiciones Complementarias
Artículo
25.- Responsabilidades.
Los
representantes, profesionales o personal de los equipos de salud humana que
obren conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ley quedan
exentos de toda responsabilidad civil, penal o administrativa derivados de la
aplicación de la misma.
Artículo
26.- Normas
supletorias. En todo
lo no previsto en la presente Ley resultará de aplicación supletoria lo
dispuesto por
Artículo
27.- Reglamentación.
El Poder
Ejecutivo Provincial reglamentará la presente Ley dentro de los noventa días
contados a partir de su fecha de publicación.
Artículo
28.- Recursos
presupuestarios.
Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar las adecuaciones
presupuestarias que fueran necesarias para dar cumplimiento a las previsiones de
la presente Ley.
Artículo
29.- De
Forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Provincial.
DADA EN
GUILLERMO
CARLOS ARIAS
ALICIA MÓNICA PREGNO
SECRETARIO LEGISLATIVO
VICEGOBERNADORA
LEGISLATURA DE
LEGISLATURA
DE
ANEXO ÚNICO (Artículo 17)
Yo,
.....................................................................................,
mayor de edad, con DNI - LC - Pasaporte Nº ................................., nacido el
día………de……………..……….…….de………. y con domicilio en
..............................................................................
número......................., Localidad ........................ Provincia
............................
MANIFIESTO que tengo conocimiento de que:
Con plena capacidad de obrar, tras una serena y adecuada reflexión
para tomar una decisión de manera libre y voluntaria y con la información
suficiente, formalizo mediante este documento mi DECLARACIÓN DE VOLUNTAD ANTICIPADA para
lo cual:
DECLARO por medio del presente instrumento las instrucciones que quiero que
se tengan en cuenta sobre mi atención sanitaria cuando me encuentre en una
situación en que, por diferentes circunstancias derivadas de mi estado físico
y/o psíquico, no pueda expresar mi voluntad.
Teniendo en cuenta que para mi proyecto vital es muy importante la
calidad de vida, es mi deseo que ésta no se prolongue mediante sistemas o
técnicas artificiales extraordinarias cuando la situación sea irreversible. Por
este motivo, deseo que se respeten los principios y derechos antes mencionados
en las situaciones médicas como las que se especifican a continuación o en
cualquier otra que, a juicio de los médicos que me atiendan, sean
asimilables:
·
Enfermedad irreversible y terminal, que conduce inevitablemente a mi
muerte.
·
Estado vegetativo crónico, permanente y
prolongado.
·
Estado avanzado de la enfermedad de pronóstico
fatal.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto y con los criterios
señalados, es mi voluntad que, si a juicio de los médicos o institución y según
el estado de la ciencia que entonces me atiendan no haya expectativa de
recuperación, se tengan en cuenta las siguientes
instrucciones:
1.
No me sean aplicadas o bien se me retiren si ya han empezado a
aplicarse, medidas de soporte vital desproporcionadas, o cualquier otra que
intenten prolongar mi agonía y supervivencia
artificialmente.
2.
Se me suministren los fármacos necesarios para paliar al máximo el
malestar, el sufrimiento psíquico y el dolor físico que me ocasione mi
enfermedad.
3.
Sin perjuicio de las decisiones tomadas, se me garantice la
asistencia necesaria adecuada para procurarme una muerte
digna.
4.
No se me administren tratamientos complementarios ni terapias no
contrastadas, que no demuestren su efectividad para la recuperación y prolonguen
inútilmente mi vida.
5.
Si estuviera embarazada y me encontrara en alguna de las situaciones
anteriores, deseo que la validez de este documento quede en suspenso hasta
después del parto, siempre que eso no afecte negativamente al
feto.
El rechazo de los medios excepcionales o
desproporcionados no equivale al suicidio o a la omisión irresponsable de la
ayuda debida a otro, sino que significa sencillamente la aceptación de la
condición humana y el derecho a la dignidad.
Ante la pérdida de la capacidad de expresarme, es mi intención que
esta Declaración sea respetada por mi familia y por mi médico o institución de
salud, como la expresión última de mi derecho legal a rechazar medidas
sanitarias desproporcionadas, y ACEPTO las consecuencias, siendo mental y
emocionalmente competente para firmarla.
Lugar y Fecha
................................................
............................................................... Firma del
Declarante ..................................................... Firma de Autoridad
Competente
DESIGNO COMO MI REPRESENTANTE para que actúe como interlocutor válido y necesario con el médico o
el equipo sanitario que me atenderá, en el caso de encontrarme en una situación
en la que no pueda expresar mi voluntad, a
......................................................................................,
con DNI Nº ......................................................, con domicilio
en ................................................................ Teléfono
.................................
En consecuencia, AUTORIZO
a mi representante para que garantice el cumplimiento de las voluntades
anticipadas que constan en este documento.
............................................................... Firma del
Declarante
ACEPTO la designación y estoy conforme en ser el representante de
............................................................................. COMPRENDO Y ESTOY DE ACUERDO en seguir
las instrucciones expresadas en este documento por la persona que represento. ENTIENDO que mi representación
solamente tiene sentido en el caso de que la persona a quien represento no pueda
expresar ella misma estas instrucciones ni voluntades y en el caso de que no
haya revocado este documento, bien en su totalidad o en la parte que me
afecte.
Nombre y Apellido …………………………………………………………
DNI Nº ……………………………………
............................................................... Firma del
Representante
Lugar y Fecha
................................................